25 decibelios. Ese es el nivel máximo que la normativa estatal admite de noche dentro de un dormitorio cuando el ruido llega de una actividad colindante: un bar, un local, una instalación. Para hacerse una idea, 25 dB(A) es poco más que una respiración en una habitación en silencio. Si en tu piso de Granada el bajo del local de abajo se oye a las tres de la mañana, estás por encima del límite legal. Y si quien no te deja dormir es el vecino del cuarto, la norma que se aplica no es esa: es la ordenanza municipal, con otro criterio. Conviene saber cuál toca en cada caso, quién mide y qué se puede denunciar.
Cuántos decibelios se permiten y a partir de qué hora
El marco es el Real Decreto 1367/2007, que desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido. Divide el día en tres periodos y fija límites distintos para cada uno:
- Día: de 7:00 a 19:00.
- Tarde: de 19:00 a 23:00.
- Noche: de 23:00 a 7:00.
Los valores límite de ruido transmitido a locales colindantes por actividades están en la tabla B2 del anexo III. Para uso residencial son 35 / 35 / 25 dB(A) en dormitorios (día, tarde y noche) y 40 / 40 / 30 dB(A) en zonas de estancia.
Ojo aquí: esa tabla regula el ruido de actividades —bares, locales, instalaciones—, no el del vecino que arrastra sillas a las dos de la mañana. Para el ruido doméstico manda la ordenanza municipal, y el criterio es otro. Lo que sí comparten los dos casos: la medición se hace dentro de tu vivienda. No hay que demostrar que el foco suena alto, sino que a ti te llega por encima del límite.
¿Qué dice la ordenanza de ruido de Granada?
Sobre ese suelo estatal se superponen dos capas. En Andalucía rige el Decreto 6/2012, que aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, y el régimen sancionador de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Por debajo está la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente Acústico en Granada, aprobada por el Pleno el 30 de marzo de 2007 y vigente a agosto de 2026; el texto se consulta en el buscador de legislación del Ayuntamiento.
De ella te sirven tres reglas, que son las estables:
- La franja protegida de descanso es la de 23:00 a 7:00, y en ella la exigencia se endurece.
- El ruido doméstico se persigue como conducta perturbadora del descanso ajeno: ahí el criterio del agente que acude pesa tanto como el sonómetro.
- La medición, cuando hace falta, corre a cargo de la Policía Local o del personal técnico del servicio municipal de protección ambiental.
Importante: los anexos de valores por zona se han modificado varias veces —el anexo I, en 2021—. No cites cifras municipales de memoria en un escrito: coge la versión vigente del texto antes de registrarlo.
Quién mide el ruido y cómo se pide la medición
Con sonómetro homologado y calibrado, y siempre desde el punto afectado. El teléfono de la Policía Local es el 092. El procedimiento habitual, cuando el ruido es puntual y nocturno:
- Llamas mientras el ruido está ocurriendo. Una denuncia por un ruido que ya cesó no se puede medir.
- La patrulla accede a tu vivienda, con tu permiso, y mide desde el punto afectado.
- Si supera el límite, se levanta acta de medición, que es el documento que después sostiene el expediente sancionador.
- Sin acta, queda solo tu testimonio, y eso rara vez basta para una sanción.
Si el ruido es habitual y no puntual (una actividad, un local, un vecino con horario fijo), la vía útil es la denuncia escrita ante el Ayuntamiento pidiendo medición programada: la llamada suelta no deja rastro suficiente para un expediente.
Botellón y fiestas en la calle: la vía andaluza
El ruido de calle tiene norma propia. La Ley 7/2006 de Andalucía, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos, es la que permite sancionar el consumo de alcohol en la vía pública fuera de establecimientos y prohibirlo en determinadas zonas.
Además, los ayuntamientos pueden declarar Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), donde se restringen horarios y nuevas licencias de ocio. Cuáles están declaradas en Granada y con qué límites es información municipal que cambia con cada revisión, así que sin confirmar aquí: pregúntalo antes de firmar si el piso te interesa por ubicación. Si estás mirando zona de tapeo, esto pesa más que el precio, y lo recoge la guía de vivir en el Centro de Granada de Inés Cabrera.
Si quien no te deja dormir vive en tu propio piso
Cambia todo el terreno de juego. Contra un compañero de piso no hay medición policial que valga, porque la vivienda es una sola. Lo que tienes son tres palancas, en este orden:
- El acuerdo de convivencia. Si pactasteis horarios y visitas por escrito, tienes una base para reclamar. Cómo montarlo está en las normas de convivencia y gastos del piso compartido.
- El arrendador. El artículo 27.2.e de la LAU convierte las actividades molestas en causa de resolución del contrato. Un casero avisado por escrito tiene un incentivo real para intervenir.
- La comunidad. El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal permite al presidente requerir el cese de actividades molestas y, si persisten, ejercer acción judicial de cesación.
Cómo gestionar esa convivencia antes de que escale lo desarrolla Inés Cabrera en el artículo sobre un compañero de piso imposible.
Cómo se denuncia, paso a paso
- Documenta. Fecha, hora y duración de cada episodio, en una nota del móvil. Un patrón vale más que un audio.
- Avisa por escrito al causante o al presidente de la comunidad. Deja constancia.
- Llama al 092 durante el episodio y pide medición.
- Solicita copia del acta o del número de expediente.
- Presenta denuncia en el registro del Ayuntamiento si el problema es recurrente.
- Guarda todo. Si acabas reclamando al casero o rescindiendo, esa carpeta es tu prueba.
Antes de denunciar, ten esto preparado
- Un registro fechado de al menos dos semanas de episodios.
- Copia de tu contrato de alquiler, para acreditar que resides allí.
- El acta de medición o el expediente, si la Policía Local llegó a intervenir.
- Los avisos por escrito que hayas mandado, con fecha.
Y si el ruido es estructural del edificio y no de una persona, a veces la solución más barata es mudarse en junio. Empieza por el índice de zonas de Granada, mira los barrios tranquilos con inventario —las habitaciones de Pajaritos, por ejemplo— y filtra en el listado de pisos y habitaciones disponibles antes de repetir el error.
Revisado en agosto de 2026.
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Redactora legal
Natalia Gámiz
Abogada especialista en arrendamientos. Hizo Derecho en la UGR, ahora ejerce en un despacho de Granada y los fines de semana traduce el BOE a español para que nadie firme nada raro. Sin tecnicismos innecesarios.


